Contrato de arras

Contrato de arras: Todo lo que debes saber

Comprar o vender una vivienda supone la realización de múltiples trámites, papeleo y gestiones. Entre ellos, se encuentra el contrato de arras, el gran desconocido. A continuación te contamos todo lo que debes saber si quieres vender o comprar tu nueva vivienda.

¿Qué es el contrato de arras?

Escucha con atención este dato: 6 de cada 10 propietarios que quieren vender su inmueble no conocen este contrato, imprescindible en toda operación.

Un contrato de arras es un contrato privado que firman el vendedor y el comprador de una vivienda para asegurar la reserva de un inmueble y así evitar que alguna de las partes se eche para atrás antes de la formalización de la escritura pública ante notario. Se trata de un preacuerdo por escrito que implica una posterior compraventa en las condiciones que se acuerdan.

Y, ¿para qué sirve este documento? Muy sencillo. Una vez que el precio de la compraventa se ha acordado entre vendedor y comprador, hay que cerrar un acuerdo en el que se indiquen las condiciones del mismo y delimitar cómo será la operativa.

Firmar este contrato tiene ventajas tanto para el vendedor como para el comprador del inmueble. Ofrece una garantía al vendedor de que finalmente se va a realizar la venta y da al comprador tiempo para poder organizarse de cara a la adquisición de la propiedad, sin perder la oportunidad de comprarla. Se trata de una especie de compromiso entre ambas partes.

Es muy importante que este documento esté bien redactado y detallado para evitar problemas futuros.

¿Qué tipos de contrato de arras existen?

  • Arras confirmatorias:
En este caso, la entrega de dinero se efectúa como un pago anticipado a cuenta de la obligación de pago del comprador. La compraventa ya se entiende como efectuada.
Ninguna de las partes puede echarse atrás. Si una de ellas incumple, la otra podrá obligarle a cumplir o solicitar una indemnización.
  • Arras penitenciales:

Son las más comunes. Permiten el desistimiento libre de las partes. La entrega de dinero se efectúa como garantía del cumplimiento del contrato. Pero cabe no cumplir el acuerdo asumiendo su pérdida por el comprador o su devolución duplicada si es el vendedor la parte que no cumple el acuerdo.

  • Arras penales:

Este tipo de arras son las menos habituales. Las arras se configuran como el importe de la pena que debe abonarse sin perjuicio de la posibilidad de instar judicialmente el cumplimiento forzoso de lo pactado o resolución, en ambos casos con indemnización por los daños y perjuicios.

Contrato de arras

¿Cuál es el importe de las arras?

No existe regulación al respecto. Está abierto a lo que pacten las partes.

Lo más habitual suele ser establecer un importe equivalente al 10% del precio total acordado para la compraventa. El importe se descontará del total en el momento de otorgar escritura de compraventa.

¿Cómo tributan las arras?

Para saber cómo tributarán las arras, debes de tener en cuenta las características de la vivienda, porque dependerá de ello:

  • Si la vivienda es de segunda mano: Las arras se tributan por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el pago deberá realizarse cuando se formalice la venta ante notario.
  • Si la vivienda es de obra nueva: En este caso tributan por IVA, al igual que la vivienda.

Contrato de arras

Nuestro consejo es que, antes de decirte a firmar este contrato tan importante en el proceso de compraventa de una vivienda, consultes con un experto inmobiliario para asegurarte que está bien detallado, redactado y que no deja lugar a confusión. De esta forma, evitarás sorpresas desagradables.

Recuerda que, si lo deseas, tu Qualis Angel analizará tu caso concreto de manera individualizada y te ayudará con este documento y con todos los relativos a la operación de compraventa de tu vivienda.