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Ley Vivienda

Claves de la nueva Ley Vivienda 2022

Para la gran mayoría de las personas, comprar una vivienda es la mayor y más importante inversión que realizarán en su vida, por la gran cantidad de ahorros que dedicarán a ello durante un largo periodo de tiempo.

A lo agotador que puede llegar a resultar el proceso se suman, en muchas ocasiones, otras preocupaciones como puede ser la dificultad para acceder a la vivienda, la hipoteca, los desahucios o las ayudas al alquiler. Existe una Ley que regula todo esto, se trata de la nueva Ley Vivienda.

Conoce todas las claves de la nueva Ley Vivienda aprobada en febrero de 2022.

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Qué es y cómo solicitar el Bono Joven de Alquiler de Vivienda

Desde el 18 de enero se habilitan las ayudas a los jóvenes entre 18 y 35 años, para el pago del alquiler de vivienda.
El Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana propone la entrega de 250 euros mensuales para los jóvenes con ingresos brutos inferiores a 24.318 euros al año.

Objetivo del Bono Joven, plazos y beneficiarios

El Consejo de Ministros aprueba el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025, para contribuir al pago de la renta arrendaticia o precio de cesión en uso, posibilitando el acceso a la vivienda de los jóvenes y su emancipación.

Beneficiarios

Jóvenes hasta 35 años (incluidos) Todas las CCAA, excepto País Vasco y Navarra, y ciudades de Ceuta y Melilla

Con ingresos inferiores a 3 IPREM

Renta mensual de la vivienda:

  • Hasta 600 euros al mes. Es necesario que el alquiler total de la vivienda no supere los 600 euros, aunque las comunidades autónomas pueden ampliar el límite hasta los 900 euros si así lo deciden.
  • Hasta 300 euros al mes alquiler de habitación.

Estas cantidades puede ser superior en determinados casos, previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento MITMA-CCAA, de hasta 900 euros o hasta 450 euros en alquiler de habitación.

Plazo

Se concede por un plazo de 2 años, con un máximo de 6.000€ en total, a razón de 250€ al mes.

¿Cuándo se puede pedir el bono Joven de alquiler?

El plazo para solicitar las ayudas se abre en dos meses máximo tras su aprobación, aunque su efecto esá con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2022.

Compatibilidad del bono joven con otras ayudas

El Bono de Alquiler Joven es compatible con otras ayudas y se concede a jóvenes que alquilen viviendas:

  • De hasta 600 euros/mes en inmueble.
  • De hasta 300 euros/mes en habitación.

Es compatible con el Plan Estatal: La ayuda es de hasta el 40% de la diferencia entre el alquiler de la vivienda y la ayuda del Bono Alquiler Joven, con el límite conjunto (suma de la ayuda del Bono Alquiler Joven y de este programa de ayuda) del 75% de la renta del alquiler.

También será compatible con otras destinadas para el mismo objeto, a beneficiarios especialmente vulnerables, asi como con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital.

La suma del “Bono Alquiler Joven” y otras tienen como límite el 100% de la renta arrendaticia.

El Programa de ayuda a las personas jóvenes del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, es compatible cuando la suma del “Bono Alquiler Joven” y esta ayuda llegue al límite el 75% de la renta arrendaticia.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2022 incluye una dotación presupuestaria de 200 millones de euros para el “Bono Alquiler Joven”.

Cambios de vivienda

Si se cambia de vivienda, la situación cambian en función de si es un cambio en la misma comunidad autónoma o en diferente.

En la misma Comunidad Autónoma, se debe comunicar en un plazo máximo de 15 días desde el momento en el que se firma el nuevo contrato de arrendamiento.

El decreto señala que «la persona beneficiaria no perderá el derecho a la subvención por el cambio siempre que con el nuevo contrato se cumpla con todos los requisitos, límites y condiciones establecidos en este real decreto, y se formalice sin interrupción temporal con el anterior».

En otra autonomía, se deberá comunicar el cambio «al órgano concedente de origen en el plazo máximo de 15 días desde la firma del nuevo contrato». Esa autonomía será la que gestione la ayuda al alquiler según el nuevo contrato firmado..

En ambos casos se eleva el límite máximo de la renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento o cesión en la nueva comunidad autónoma o provincia de destino hasta los 900 euros mensuales.

Repercusión fiscal del bono alquiler

El sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) indica la ayuda del Bono Joven Alquiler, es una ganancia patrimonial, por lo que hay que incluirla en la declaración de la renta.

La obligación de declarar el bono joven, se debe a que en el IRPF se exige que las ayudas públicas que superen los 1.000 euros anuales, se declaren.

Si alguno de los beneficiarios cobra la cantidad máxima del bono joven durante más de cuatro meses, se produce esta obligación.

Los cálculos pueden variar, ya que cada Comunidad Autónoma* tiene su escala de gravámenes para la renta exenta del mínimo personal. En función de los ingresos del joven, fiscalmente puede resultar una cuota a pagar.

Aquellos beneficiarios de la totalidad del bono con un sueldo íntegro desde 16.419 euros anuales, registrarán un incremento en su cuota íntegra de 570 euros, al elevarse de 500 a 1.070 euros.

*Las comunidades tienen aprobadas deducciones al arrendamiento a los jóvenes, entre otros colectivos, con porcentajes que oscilan entre el 3% y el 30%, con un límite máximo deducible entre 300 y 1.200 euros.

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Solicita información sobre el bono joven

En las oficinas de QualisOptima a lo largo de toda España, puedes consultar cómo solicitar y gestionar las ayudas para el alquiler de vivienda, así como pedir un cálculo de las repercusiones fiscales del bono Joven.

En el caso del País Vasco y Navarra, las agencias pueden ayudarte a encontrar soluciones para que consigas un alquiler de vivienda acorde a tu situación financiera.

Nuestros asesores cuentas con expertos fiscales para entender cómo afectan las ayudas al IRPF.

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Cómo afecta la Ley Vivienda a las empresas inmobiliarias

Según Pedro Sánchez, «Garantizar el acceso a la vivienda es una prioridad del Ejecutivo«, es el objetivo por lo que se ha aprobado el Anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda.

¿Cómo afecta esta Ley Vivienda a los profesionales y empresas del sector inmobiliario?

Veamos las diferentes medidas de la Ley Vivienda que repercuten en la actividad de las inmobiliarias de Real Estate:

Límites al precio de los alquileres en «zonas tensionadas»

Las zonas tensionadas* son aquellas en las que la carga media del alquiler más los suministros básicos, supere el 30% de los ingresos medios de los hogares, así como aquellas en las que los precios hayan subido en los últimos 5 años un porcentaje de al menos 5 puntos del IPC.

Los fondos de inversión y grandes tenedores que posean propiedades en estas zonas, verán cómo se limitan los  precios de los alquileres, según un «Índice de referencia de precios«*.

Con una moratoria de 18 meses desde la entrada en vigor de la Ley, se obliga a grandes tenedores, que sean personas jurídicas, a limitar los precios de los alquileres en las zonas tensionadas.

Se entiende por Grandes Tenedores, aquellos propietarios con más de 10 viviendas o más de 1.500 m2.

En cuanto a los pequeños propietarios, podrán incrementar en un 10% el precio del alquiler si acreditan haber realizado una rehabilitación o mejora de la vivienda en los 2 años anteriores, o bien si han firmado un nuevo contrato de 10 años con sus inquilinos.

Recargos fiscales

Se permitirá a los ayuntamientos un recargo en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) por viviendas vacías.

Se considera vivienda vacía a la que está desocupada por más de 2 años, en el caso de un solo propietario. Para propietarios de 4 o más propiedades de uso residencial, se podrá aplicar un recargo de hasta el 50% del IBI.

Se llegará al 100% de recargo para periodos de desocupación superiores a 3 años y hasta el 150% , para aquellos propietarios de 2 o más viviendas, que se encuentren desocupadas en el mismo término municipal.

Bonificaciones fiscales de los propietarios

El Ejecutivo limitará la reducción actual que tienen los propietarios, pasando del del 60% del IRPF al 50%.

El Gobierno prevé casos concretos en los que esa reducción se puede aumentar. Si se alquilan viviendas a jóvenes en zonas tensionadas habrá reducciones del 70%, al igual que si se alquila una vivienda protegida.

Si en la vivienda se han producido reformas o tareas de rehabilitación en los 2 últimos años, la reducción se elevará al 60% de nuevo.

Devolución de Pagos por adelantado al promotor

El promotor deberá devolver al comprador el adelanto que realice, incluido los impuestos y los intereses legales, si la construcción no se inicia o termina en los plazos convenidos del contrato.

Habrá un aval bancario o un seguro para proteger las entregas a cuenta de los compradores.

El promotor, además, tendrá que entregar al comprador un documento que acredite la garantía de las cantidades que se han adelantado. Si las obras se retrasan o no se inician, el comprador podrá solicitar la devolución de la garantía en un periodo máximo de 30 días.

Si la construcción no hubiera llegado a iniciarse o la vivienda no hubiera sido entregada, el adquiriente podrá optar entre la rescisión del contrato con devolución de las cantidades entregadas a cuenta, incluidos impuestos e intereses, o conceder al promotor una prórroga, que se hará constar en una cláusula adicional del contrato otorgado, especificando el nuevo periodo con la fecha de terminación de la construcción y entrega de la vivienda.

Reserva del 30% en promociones inmobiliarias para vivienda protegida

Buscando un mayor parque público de alquiler, se reserva el 30% de todas las promociones para vivienda protegida (de este 30%, la mitad para alquiler social).

Existe una compensación a los promotores (monetaria, con cesión de suelo en otra ubicación o permitiendo aumentar el propio desarrollo en un 30%), que los representantes de estas empresas ven insuficiente.

Es un planteamiento criticado por el sector, ya que dificulta la venta de viviendas y desestimula  y la inversión inmobiliaria, como se ha podido observar en las zonas donde se han puesto en marcha iniciativas similares, como en Barcelona.

Vivienda asequible incentivada

Se pretende incrementar la oferta «a corto plazo» con un precio «asequible».

Los inmuebles afectados son los de carácter privado, incluido las entidades del tercer sector, a los que se otorgará beneficios de carácter urbanístico, fiscal, o de cualquier otro tipo, a cambio de destinarlas a alquiler con precios reducidos a personas con ingresos bajos.

El bono para jóvenes

El bono vivienda sufragará parte del importe del alquiler, con una ayuda de 250 euros mensuales.

Es algo que ya aplicó en España entre el 2008 y el 2012 y que está en vigor en Francia.

Expertos del sector inmobiliario y financiero, avisan de que estas medidas, lejos de lograr el objetivo inicial, acaban teniendo un efecto inflacionario en el mercado, elevando los precios de los alquileres.

*El Índice de referencia de precios y las zonas tensionadas, se determinarán a lo largo de los 18 meses siguientes a la aprobación de la Ley Vivienda. Además, quedará en manos de las Comunidades Autónomas, aplicar el control de precios.